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Resumen Cuarto Grupo de Trabajo Normativa de Destinos 04/09/25

Hoy 04 de septiembre de 2025, ha tenido lugar el tercer grupo de trabajo sobre normativa de destinos en la Guardia Civil. La reunión ha comenzado siendo informados de que no se van a llevar a efecto las modificaciones que se introdujeron en el resumen anterior relativas a los artículos 17 y 61, por lo que no se podrán pedir vacantes que requieran cualificación específica dos meses antes de la obtención del título y tampoco se contempla como causas de cese en el destino la obtención de un puesto en la administración civil o ser nombrado funcionario en prácticas en otra administración.

En cuanto al Reglamento, se mantienen el resto de las modificaciones que fueron reseñadas en el resumen anterior y, además se incluyen las siguientes:

Artículo 14.2 se acepta la alegación de AEGC para que al personal de nuevo acceso a una escala sólo pueda ser destinado a vacantes que no hayan sido anunciadas, cuando se den circunstancias excepcionales debidamente motivadas.

Artículo 19 se está estudiando la posibilidad de que se puedan pedir vacantes en concurrencia atendiendo a la distancia en kilómetros y tiempo entre puestos.

Artículo 50 se está trabajando en la posibilidad de un preferente modulable en el que se incluirían zonas de especial singularidad. La administración desconoce si llegará a buen término este preferente.

Articulo 58 la administración pretende incluir un apartado 4 para que en determinadas situaciones el periodo de incorporación pueda ser “REDISTRIBUIDO”. La administración no una explicación coherente de lo que quiere decir con la introducción de este término y se compromete a introducir otro texto en el próximo borrador para explicarlo con más claridad.

Modificaciones a la Orden Ministerial:

La administración mantiene su postura de aumentar el número de vacantes de libre designación y de pasar casi todas las del empleo de capitán a méritos y libre designación.

Se mantiene la puntuación para los que hayan superado las pruebas físicas voluntarias en 0,25 para la escala de cabos y guardias y 0,35 para el resto.

Se amplia la horquilla para la ponderación de la antigüedad en las fichas de méritos entre un 10 y un 40 por ciento estaba establecida en la horquilla entre l 10 y el 25 por ciento.

Artículo 26 compromiso por parte de la administración de modificar el texto para los cupos de aptos con limitaciones o en su defecto suprimirlo.

Por parte de AEGC se ha expuesto:

Desacuerdo con la asignación de destinos sin publicación previa en el BOGC, estimando que en todo caso esta medida debería corresponder a situaciones excepcionales debidamente motivadas.

Necesidad de incluir el derecho preferente modulable para Cataluña, Baleares y Campo de Gibraltar.

Disconformidad con la redistribución del permiso de incorporación, haciendo constar que ya existe un procedimiento definido para caso de necesidad de incorporación con urgencia. Se ha instado a la administración para que clarifique lo que pretende y se ha expuesto que, si quiere que el periodo de incorporación sea inferior a cinco días hábiles, como ya establece la norma para determinadas situaciones, deber hacerlo con comisiones de servicios indemnizables.

También nos hemos sido contrarios a la creación de más vacantes de libre designación, a la eliminación de la mayor parte de vacante de antigüedad para el empleo de capitán y del establecimiento de cupos para el personal apto con limitaciones. Debería hacerse un esfuerzo para la adaptación de puestos de trabajo y en el caso de aplicar cupos deberían estudiarse las diferentes unidades, no se pueden establecer los mismos cupos en una Plana Mayor que en un puesto ordinario.

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