Las Unidades de Seguridad Ciudadana de Comandancia (USECIC) constituyen unidades de apoyo operativo de especial relevancia dentro de la estructura territorial de la Guardia Civil. Por la naturaleza de los cometidos que desarrollan, sus componentes intervienen habitualmente en dispositivos de seguridad ciudadana, restablecimiento del orden, apoyo a otras unidades, controles, entradas y registros domiciliarios y otras actuaciones que pueden conllevar un riesgo especial para su integridad física.
Por su configuración y por el tipo de servicios que asumen, las USECIC representan, en muchas ocasiones, el primer escalón de respuesta y refuerzo operativo de las Comandancias, sin perjuicio de la intervención de unidades especializadas, como los Grupos de Reserva y Seguridad (GRS), cuando las circunstancias y la valoración previa del riesgo así lo aconsejan.
Los asociados destinados en estas unidades vienen trasladando a AEGC diversas deficiencias relacionadas con la antigüedad de determinados equipos de protección, la falta de homogeneidad en los criterios de formación y organización del servicio y la necesidad de adaptar la uniformidad a las condiciones reales en las que desempeñan sus funciones. Estas circunstancias aconsejan abordar la cuestión desde la perspectiva de la prevención de riesgos laborales y mediante una evaluación específica de los medios y condiciones de trabajo de las USECIC.
Los componentes de distintas USECIC han informado de la utilización de cascos antidisturbios con una antigüedad muy elevada, existiendo material que, según los datos trasladados por los propios usuarios, podría superar los treinta años de servicio.
AEGC tiene conocimiento de que determinados cascos son remitidos al Servicio de Armamento para su revisión, reparación o reacondicionamiento. Sin embargo, los usuarios desconocen qué pruebas o comprobaciones técnicas se realizan para determinar que estos equipos siguen conservando las propiedades de protección para las que fueron diseñados, así como los criterios empleados para decidir su continuidad o retirada del servicio.
La inexistencia de una fecha expresa de caducidad o de una recomendación conocida de vida útil no debería conducir, por sí sola, a considerar que el equipo mantiene indefinidamente sus prestaciones. La antigüedad, el uso continuado, los impactos sufridos, las condiciones de almacenamiento, la exposición al calor, frío, humedad o radiación solar y el propio envejecimiento de los materiales pueden incidir en sus características de protección.
Por ello, se considera necesario realizar una evaluación técnica específica de estos cascos y establecer criterios objetivos, documentados y homogéneos que permitan acreditar que los equipos actualmente en servicio mantienen sus propiedades protectoras, con independencia de que el fabricante haya establecido o no una fecha formal de caducidad.
Así mismo, nos comentan que los chalecos antitrauma están obsoletos, muchos se rasga la tela con facilidad y las gomas de ajuste han perdido su elesticidad.
Los asociados destinados en USECIC trasladan igualmente la existencia de cascos balísticos y placas de protección con una elevada antigüedad y, en determinados casos, en número insuficiente para las necesidades operativas de la unidad.
Estos medios son especialmente relevantes en las entradas y registros domiciliarios y en otras intervenciones en las que puede existir un riesgo de agresión con armas de fuego. Es cierto que, cuando de la información disponible se desprende la existencia de armas o una especial peligrosidad, pueden intervenir unidades con mayores capacidades específicas, como el GRS. Sin embargo, la ausencia de indicios previos no permite descartar que durante la actuación aparezca de forma inesperada un arma de fuego.
La experiencia operativa demuestra que una entrada inicialmente valorada sin ese condicionante puede evolucionar de manera súbita hacia una situación de extrema gravedad. De hecho, ya se han producido intervenciones en las que guardias civiles han sido recibidos con disparos durante la ejecución de entradas y registros, incluida una actuación ocurrida en la Región de Murcia. Por ello, la protección balística disponible no debe responder únicamente a los riesgos conocidos de antemano, sino también a aquellos que, siendo razonablemente posibles por la naturaleza de la intervención, pueden materializarse de manera imprevista.
Resulta necesario, por tanto, revisar la antigüedad, estado, certificación, historial de uso y prestaciones de los cascos y placas balísticas actualmente asignados a estas unidades, así como valorar si la dotación existente permite proteger adecuadamente a todos los componentes que puedan participar en este tipo de servicios.
Las USECIC realizan servicios que implican una elevada exigencia física y el uso prolongado de chalecos, protecciones y diverso equipamiento operativo. Pese a ello, sus componentes vienen utilizando esencialmente la misma uniformidad durante los meses de invierno y verano, incluso en periodos de temperaturas elevadas.
Esta situación contrasta con la dotación existente en otras unidades que desarrollan funciones operativas de naturaleza semejante, como los Grupos de Reserva y Seguridad, que disponen de prendas adaptadas al periodo estival y a las características de los servicios que realizan.
Sin pretender equiparar automáticamente unidades con estructuras y cometidos diferentes, AEGC considera que la propia idiosincrasia de las USECIC y su condición de primer escalón de refuerzo operativo justifican que se estudie la dotación de una camisola o prenda operativa de verano, con mejores condiciones de transpirabilidad y adaptación al esfuerzo físico y al uso simultáneo de equipos de protección.
También se nos ha trasladado que exite diferencias relevantes entre Comandancias en la organización de estas unidades. Mientras algunas USECIC contemplan horas de servicio de presente, periodos de localización y horas específicamente destinadas a formación y entrenamiento, otras concentran prácticamente toda su actividad en horas de presente.
Las particularidades de cada Comandancia pueden justificar determinadas diferencias organizativas. No obstante, la formación periódica constituye un elemento directamente relacionado con la seguridad de los componentes y con la prevención de riesgos laborales, especialmente en unidades que desarrollan técnicas de control de masas, intervenciones operativas, entradas en inmuebles y actuaciones en las que resulta imprescindible mantener procedimientos coordinados y automatizados.
Por este motivo, y sin perjuicio de estudiar una mayor homogeneización general de los regímenes de prestación del servicio, se considera prioritario que todas las USECIC dispongan de un mínimo común y obligatorio de horas destinadas a formación, entrenamiento y reciclaje, evitando que esta actividad dependa exclusivamente de la disponibilidad o del criterio organizativo de cada Comandancia.
La formación debería comprender, entre otras materias, técnicas de intervención y control de masas, utilización correcta de los equipos de protección, entradas y registros, actuación ante agresiones con armas de fuego, primeros auxilios aplicados al ámbito operativo y actualización periódica de procedimientos, sin perjuicio de aquellas otras materias que determinen los servicios técnicos competentes.
Por todo lo anteriormente expuesto, y con el objetivo de mejorar la seguridad y salud de los componentes destinados en las USECIC, se solicita:
1. La realización de una evaluación específica de prevención de riesgos laborales en las USECIC, atendiendo a la realidad de los cometidos que actualmente desarrollan y, de forma particular, a los medios de protección utilizados en funciones de orden público, entradas y registros y actuaciones de especial riesgo.
2. La realización de una revisión técnica e inventario de los cascos antidisturbios actualmente en servicio, haciendo constar, siempre que sea posible, fabricante, modelo, fecha de fabricación o adquisición, antigüedad, historial de mantenimiento, reparaciones y estado de conservación.
3. Que se determine, para cada modelo, la vida útil recomendada o los criterios técnicos de permanencia en servicio y, cuando no exista una fecha expresa de caducidad, se establezca un procedimiento periódico de inspección, comprobación o ensayo que permita acreditar documentalmente que el casco mantiene las propiedades protectoras exigibles.
4. Que aquellos cascos cuya aptitud no pueda acreditarse técnicamente, o que presenten una antigüedad o estado incompatible con un nivel de protección adecuado, sean retirados y sustituidos progresivamente por material actualizado.
5. La revisión integral de los cascos balísticos y placas balísticas asignados a las USECIC, comprobando su antigüedad, certificación, estado de conservación, historial de uso y prestaciones, y estableciendo criterios homogéneos de inspección y retirada.
6. Que se valore la suficiencia numérica de los medios de protección balística disponibles, de modo que todos los componentes que deban participar en entradas y registros o intervenciones con riesgo potencial puedan disponer del equipo de protección adecuado.
7. Que se estudie la dotación de una uniformidad operativa específica para el periodo estival en las USECIC, tomando como referencia las soluciones ya implantadas en unidades con cometidos operativos semejantes y adaptándolas a las necesidades concretas de estas unidades.
8. Que se establezca a nivel nacional un marco mínimo homogéneo de formación y entrenamiento para todas las USECIC, fijando un número suficiente y periódico de horas destinadas específicamente a formación práctica y reciclaje.
9. Que dentro de esa formación se contemplen materias directamente relacionadas con los riesgos inherentes a sus funciones y con el uso de los medios de protección asignados, garantizando una actualización continua de técnicas y procedimientos.
10. Que se estudie igualmente una mayor homogeneización de los criterios de prestación del servicio de las USECIC entre las distintas Comandancias, especialmente en lo relativo a presente, formación y, cuando proceda, regímenes de localización, manteniendo las adaptaciones justificadas por las necesidades operativas de cada demarcación.
