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GRUPOS DE TRABAJO

Resumen Grupo de Trabajo O.M. Incentivos al rendimiento personal de la Guardia Civil 02/11/23

El día 02 de noviembre de 2023, se ha llevado a cabo el grupo de trabajo para desarrollar la nueva Orden Interior que regulará los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil. Esta Orden Ministerial nace como consecuencia de la sentencia 213/2023, emitida por Tribunal Superior de Justicia de Madrid que no cuestiona el fondo de la Orden General que actualmente regula esta materia, si no que básicamente viene a decir que una orden general no tiene el rango normativo suficiente para regularla.


De lo expuesto por la administración, se desprende que de no prosperar el recurso de amparo que han interpuesto contra la sentencia reseñada, podría darse la situación de que no se pudiera abonar la productividad durante un periodo de tres a seis meses, extremo que fundamentan en el hecho de que cuando se deroga una norma debe aplicarse la anterior y como en este caso se trata de otra orden general sería una incongruencia.


Reseñados los antecedentes y con respecto al texto que nos han presentado, queda claro que no hay intención de cambiar absolutamente nada, pretenden aprobar una Orden Ministerial que sólo define de forma vaga las diferentes productividades y que deja en manos de una posterior orden general sus cuantías y el procedimiento de gestión, supervisión y control. La única novedad que se incluye en este borrador es la posibilidad de establecer una nueva productividad para el personal que renuncie a disfrutar sus vacaciones en periodos de verano. Para esta nueva productividad no habría aumento de partida presupuestaria, lo que quiere decir que esa productividad se abonaría mermando la productividad por objetivos que se percibe a final de año, posibilidad que ya se debatió en otros grupos de trabajo y que ya obtuvo la oposición frontal de las asociaciones profesionales.
Es contradictorio que en el artículo uno se diga textualmente: “Este Reglamento tiene por objeto regular los criterios de distribución y de fijación de las cuantías individualizadas de los incentivos al rendimiento para retribuir al personal sujeto al ámbito de aplicación”, cuando en dicho reglamento no se hace referencia a cuantía alguna. Nos parece una simple argucia legal para cumplir con la sentencia a la que se ha hecho referencia imponiendo a las asociaciones profesionales premura con la excusa que de no aprobarse no se podrían abonar las productividades en un periodo de tiempo, sin que en realidad se produzca cambio alguno.


Desde AEGC se estudiará la situación y tras consultar con nuestros servicios jurídicos tomaremos la decisión que más beneficien a nuestro colectivo.

Os seguiremos informado.

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