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QUEJAS Y PROPUESTAS

Propuesta AEGC abono productividad estructural tras Sentencia 573/2019 del TS

JAVIER MORENO DE AYALA, con D.N.I. 166XXXXX-M, en calidad de Secretario Jurídico de la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE GUARDIAS CIVILES (AEGC). Habiendo sido aprobado el texto del presente ESCRITO por el pleno del Comité Directivo de AEGC, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.1 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, y considerando que el diálogo ha de ser pieza fundamental entre los componentes de nuestro colectivo para la solución de los conflictos o problemática que pueda surgir, y así poder velar por los intereses profesionales, económicos y sociales de nuestros asociados contemplados en la normativa a la que se hace referencia, EXPONE:


Recientemente hemos tenido conocimiento de la Sala de lo Contencioso- Administrativo (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo en Sentencia número 573/2019, de 28 de abril de 2021 ha fijado la siguiente doctrina:


“SEXTO.- La doctrina casacional.


La interpretación que establecemos como doctrina jurisprudencial es que el complemento de productividad estructural de puestos de la Guardia Civil, correspondiente al año 2016, debe ser fijado atendido el incremento del complemento de destino aprobado en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016”.
Y en aplicación de esa doctrina, el Tribunal Supremo declara que la Administración (en este caso la Guardia Civil) debe actualizar el complemento de productividad estructural según la regla de cálculo establecida en el art. 8.6 de la Orden General 12/2014, de 23 de diciembre, esto es, aplicando el porcentaje establecido para la determinación del complemento de productividad estructural sobre la base del complemento de destino del perceptor, fijado con arreglo a lo dispuesto en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para 2016.


Solicitamos que por parte de la DGGC se proceda de oficio a la actualización del complemento de productividad estructural percibido por los guardias civiles desde el año 2017 hasta la entrada en vigor de la Orden General número 4 de 12 de febrero de 2021, por la que se regulan los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil, abonando en su caso, la diferencia entre la cantidad percibida en concepto de productividad y la que deberían haber percibido por la actualización del complemento de destino en las diversas leyes de Presupuestos Generales del Estado, cantidad que deberá incrementarse con los intereses legales correspondientes, todo ello en virtud de la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en la sentencia número 573/2019, de 28 de abril de 2021.

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