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Resumen Grupo de Trabajo Evaluación Alumnado Enseñanza de Formación. 04/02/2025

A las 10:00 día de hoy 04/02/2025 se inicia GRUPO TRABAJO FORMACIÓN propuestas de modificaciones de la Orden General número 37/2021 de 30 de septiembre, por la que se establecen las instrucciones para la evaluación, calificación y clasificación del alumnado de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.

 El periodo de PRACTICAS se mantendrá en 40 semanas no así el periodo de evaluación que pasará a 36 semanas, se pretende ganar tiempo en las evaluaciones y no retrasar el nombramiento de GUARDIA PROFESIONAL.

 Se realizarán al menos 4 evaluaciones parciales del alumnado con la periodicidad que se determine. En cada evaluación parcial se practicará notificación del progreso en la asignatura al evaluado y a su tutor en el centro docente de formación

 Podrá designarse un mentor perteneciente a la Escala de Cabos y Guardias, preferentemente de empleo cabo o cabo 1º, que con base en su contrastada experiencia y desempeño de sus funciones colabore durante el desarrollo de las prácticas tanto en la adaptación del alumnado a la unidad como en su formación, y cuyas valoraciones podrán ser tomadas en consideración por el personal evaluador.

Se evaluará la consecución de los resultados de aprendizaje de cada competencia específica del módulo de Servicio Operativo, aplicando los criterios de evaluación señalados en el plan de estudios, elemento de referencia para la calificación del módulo.

Para tal cometido se llevará un registro de las vicisitudes, hechos y eventos que pongan de manifiesto el progreso en la consecución de los resultados de aprendizaje.

 De las anotaciones que se realicen en el registro, tanto favorables como desfavorables, se dará conocimiento a la persona interesada, que será informada sobre cómo mejorar aquellos aspectos en los que haya merecido una valoración inferior a cinco (5,00) puntos.

 El alumnado dispondrá de tres días hábiles siguientes a la notificación para poder realizar las observaciones que estime oportunas de las que quedará constancia en el registro.

Estas evaluaciones parciales, concluirán con una nota entre cero (0,00) y diez (10,00) puntos.

 3. Se nombrará un superior jerárquico del evaluador, con empleo comprendido en la categoría de Oficial, para la comprobación tanto de los hechos y eventos significativos del alumnado y su correcto registro, como de las evaluaciones, pudiendo realizar las observaciones que considere oportunas.

Con respecto al IPA habrá 2 con una carga total del 20% de la nota

1. Durante el primer curso académico en el centro de formación:

2. Durante el segundo curso académico en las prácticas de Unidad.

OBSERVACIONES DE AEGC:

Consideramos el IPA muy elevado en la carga de la NOTA final al ser una calificación muy SUBJETIVA y se le debería dar mas peso a los hechos y vicisitudes del periodo de formación.

Figura del MENTOR , ateniéndonos a lo relatado en la disposición “mentor perteneciente a la Escala de Cabos y Guardias, preferentemente de empleo cabo o cabo 1º, que con base en su contrastada experiencia y desempeño de sus funciones colabore durante el desarrollo de las prácticas tanto en la adaptación del alumnado a la unidad como en su formación, y cuyas valoraciones podrán ser tomadas en consideración por el personal evaluador.”

Entendemos que con la actual carga de trabajo de las unidades territoriales (Puestos) y la figura del CABO o CABO 1º como SEGUNDO COMANDANTE de Puesto estaría sobrecargada con esta figura. La cual debería recaer como antiguamente en la figura del TUTOR , que es la persona que a diario compartiría labores de trabajo con el GAP. Y tendría una relación diaria con esa figura de contrastada experiencia y desempeño de sus funciones colabore durante el desarrollo de las prácticas.

Asimismo todo para que dicha labor PODRA SER TOMADA, es decir no será considerada a la hora de evaluar al GAP.

Estudiaremos las alegaciones a este punto.

-Se continua con modificación de la Orden General número 4 de 24 de abril de 2019, por la que se establecen las normas para la evaluación, calificación y clasificación de los alumnos de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de oficiales.

Dicha modificación viene dada por el cambio en 2026 del GRADO de Formación con lo cual hay que adaptar las nuevas asignaturas a los coeficientes moduladores anteriores a la entrada en vigor de la Orden PJC/1030/2024, de 25 de septiembre.

Se pretende incluir que el reconocimiento de créditos de una asignatura no exima de la obligatoriedad de asistencia a las clases o prácticas de la misma. ( Es decir asistir a clases con la asignaturas convalidadas).

Tablas de coeficientes 1-2-3 son de nueva creación en cuanto a la Tabla 4. Coeficientes Moduladores (CM) de las asignaturas correspondientes al 1er curso, en el sistema de promoción profesional, modalidad cambio de escala.

Se implanta la asignatura Deontología Profesional la cual sumará 1.6 lo que se restara de Lengua Inglesa que pasará de 4.9 a 3.3.

OBSERVACIONES DE AEGC:

 Entendemos que si un alumno tiene asignaturas convalidadas la obligatoriedad de asistencia a la clase no es lo idóneo pudiendo utilizar ese tiempo a otras asignaturas o actividad complementarias con la formación global del CURSO.

 Asimismo el restar importancia al idioma (contrario a todas las políticas de formación en el ámbito GUARDIA CIVIL) debería de revisarse y detraer a otras asignaturas menos relevantes.

Se estudian aportaciones para próximo GRUPO de TRABAJO día 18 febrero 2025.

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