Los Servicios Jurídicos de AEGC logran una vez más Sentencia por la que se estima el recurso interpuesto y se reconoce el derecho al socio D. J.A.C.L., a que se abonen las diferencias retributivas respecto al complemento de destino y complemento específico (componentes general y singular) correspondientes al Comandante de Puesto en La Rioja, por haber estado ejerciendo dicho cargo de forma interina desde el día 18-10-2023 al día 10-7-2025, ambos incluidos, debiendo descontarse las cantidades referidas al componente singular del complemento específico, en caso de que las mismas ya hubieran sido abonadas.
Agradecer al despacho Parrado Asesores la profesionalidad con la que atienden los asuntos de esta asociación.
