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El Tribunal Supremo reconoce el derecho de un Guardia Civil a percibir el CES no cobrado al no incorporarse a su nuevo destino

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia 1676/2020 por la cual reconoce el derecho de un Guardia Civil (J.A.S.L) a percibir el CES que no cobró como consecuencia de no haberse incorporado a su nueva unidad de destino por hallarse en situación de baja médica.

Este éxito es debido una vez más a la profesonalidad de los Servicios Jurídicos de la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC) y en especial a su letrado D. Joaquín Serranos Serranos.

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