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GRUPOS DE TRABAJO

Resumen Grupo de Trabajo Modificación OG Productividad 22/10/20

GRUPO DE TRABAJO MODIFICACIÓN OG PRODUCTIVIDAD 22/10/2020

Hoy 22 de octubre de 2020, se ha celebrado el primer grupo de trabajo para la modificación de la Orden General 12/2014, que regula los incentivos al rendimiento del personal de la Guardia Civil. La reunión ha dado comienzo con una exposición de las modificaciones introducidas en el proyecto que nos fue remitido por la Dirección General, siendo las principales modificaciones:

- Se crea un coeficiente denominado Cuantía Vinculada al Empleo (CVE), que sustituye al complemento de destino como referencia para determinar el importe a percibir de productividad estructural.
- Incrementos entre el uno y el cuatro por ciento del porcentaje a percibir por productividad estructural.
- Cambios de personal a las diferentes modalidades de percepción de productividad estructural.
- Se quiere eliminar la productividad para el personal que adquiera la condición de trabajador nocturno, con la propuesta de subir la compensación por nocturnos y festivos, a pesar de que no se nos ha mostrado las nuevas tablas de ICRES.
- Se quiere eliminar la percepción del ICREM (compensación por modificación de jornada) al personal encuadrado en el régimen de personal con funciones de mando y personal con funciones de investigación policial.
- Posibilidad de cambiar de forma voluntaria descansos festivos y descansos singulares adicionales por una cantidad económica, 80 para Guardias Civiles, 88, para Cabos y 96 para Suboficiales.
- Percepción de la productividad estructural que se percibiera el primer día del mes al comienzo de una baja como consecuencia del embarazo durante el tiempo de duración de esta.
- Percepción de la productividad estructural que se percibiera el primer día del mes al comienzo de una baja derivada de acto de servicio hasta la finalización de esta.

Desde AEGC hemos manifestado que este proyecto no cumple con el compromiso adquirido por la Directora General, que, durante la última reunión del Comité de seguimiento de equiparación, se comprometió a abrir este grupo con la premisa de crear una productividad de 120 euros para el personal encuadrado en el Régimen General que realiza servicios nocturnos y festivos, por lo que hemos propuesto que se tome como referencia el complemento de destino para determinar la cantidad de productividad y una subida de la ERG2 hasta alcanzar el 30 por ciento de ese complemento con el fin de alcanzar la cuantía de 120 euros.

También hemos puesto de manifiesto que, con la excusa de repartir el montante del acuerdo de equiparación, no se puede aprobar una normativa que conculque derechos adquiridos como son la percepción del ICREM por el personal encuadrado en el régimen de personal con funciones de mando y el encuadrado en el de personal con funciones de investigación policial. Además, hemos demandado que los 15 minutos que computan cada hora de localización realizadas en horario festivo o nocturno tengan esa consideración para percibir el ICRES que corresponda.


Así mismo, hemos expuesto que no estamos de acuerdo con que los descansos festivos y los descansos singularizados adicionales se puedan cambiar de forma voluntaria por la cantidad económica referida. Contando con el reparto del tercer tramo cada Guardia Civil percibiría la cantidad de 600 euros anuales de productividad por equiparación, y teniendo en cuenta que estos descansos sólo se podrían cambiar por decisión del mando en casos muy concretos y que existe un presupuesto muy limitado, la adopción de esta medida supondría la pérdida de los descansos trabajados y de una cantidad importante de esa productividad, pérdida que se vería agravada en el caso de no trabajar los descansos. Por este motivo AEGC ha propuesto la creación de bolsas de horas extraordinarias voluntarias en las unidades que precisen incrementar su potencial de servicio y que esas horas sean
retribuidas mediante el CREX.


AEGC va a seguir trabajando para que la Dirección General asuma su compromiso de retribuir con una ERG de 120 euros al personal que realiza servicios nocturnos y festivos y que el reparto del montante restante se realice de una manera justa.

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