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GRUPOS DE TRABAJO

Cualificaciones profesionales: el camino a la especialidad

Tras 16 años de la aprobación de la Ley Orgánica 5/2002, la Guardia Civil decide dar un paso adelante y adaptarse a los principios de la misma. Pero, como casi siempre, se intenta desarrollar un sistema paralelo en lugar de adaptarse al ya establecido por el resto de la sociedad a la que sirve y protege. ¿Perderemos la oportunidad de avanzar en integrar a la Guardia Civil, con sus peculiaridades, a la norma administrativa común y al sistema nacional de competencias y cualificaciones del sistema educativo y de formación profesional?

Recientemente se ha informado en el Consejo de la Guardia Civil del Proyecto de Orden PCI por la que se regulan las Especialidades.

Los Grupos de Trabajo en los que se ha tratado este borrador, comenzaron en el año 2016, no siendo hasta finales del 2018 cuando ha pasado por el Consejo, con la oposición al mismo de gran parte de las Asociaciones Profesionales y no gratuitamente, si no al ver como la guardia civil quiere marcar distancias con el sistema de formación profesional establecido no solo en España sino también en Europa.
En su momento inicial, ya presentamos alegaciones por la forma en que se trató este proyecto, ya que se basaba en unas Cualificaciones Profesionales que distaban mucho de la normativa que hay al respecto en el sistema nacional de cualificaciones (INCUAL).
La solución que la Guardia Civil ha dado a esto ha sido modificar la nomenclatura y pasar a llamarlas Cualificaciones Específicas, modificando para ello el RD 131/2018 de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil.

Tampoco se nos ha facilitado el Catálogo de Cualificaciones Específicas que pretenden imponer antes de que se apruebe la Orden Ministerial de Especialidades, ni lo que es más importante, el Catálogo de Puestos de Trabajo o la Relación de Puestos Orgánicos.
Sin todo esto, hemos quedado a medias en el conocimiento de una norma que lejos de alcanzar su objetivo que no es otro que desarrollar el artículo 23 de la Ley de Personal, en el que se hace mención a las Cualidades Individuales para el ejercicio de una actividad profesional en determinados Puestos Orgánicos.

La Guardia Civil no es un electrón libre que pulule por la administración. Si existe en nuestro Estado un organismo como es el Instituto Nacional de Cualificaciones Profesionales (INCUAL) que es el que elabora el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y sus familias profesionales, tiene que ser en este catálogo donde se integren las cualificaciones que se definan por Guardia Civil, y de esta forma nuestras cualificaciones profesionales estarán amparadas en una norma de rango Europeo y Nacional, y nunca alejadas del resto de la sociedad.

La Guardia Civil tiene que ser pionera. Actualmente una de las familias profesionales del catálogo es "seguridad y medio ambiente". Estamos seguros de que no existe otro organismo en toda la administración que pueda aportar más que nosotros en este campo. No podemos dejar que sean otros los que establezcan cuales son los conocimientos necesarios para definir las cualificaciones de “Seguridad Integral”, "Seguridad policial" o "Seguridad rural y urbana".

Con la futura modificación de la Ley de Personal, se va a pedir como requisito de ingresoen el Cuerpo el Bachiller del sistema educativo marcado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. La idea es que los Guardias Civiles obtengan el Título de Técnico Superior de formación reglada en Formación Profesional, pero… de Técnico Superior ¿en qué?, ¿en algo que fuera de la Guardia Civil no existe…? Una vez más los guardias civiles quedaríamos al margen de la sociedad y de su sistema de formación profesional.

La formación de especialización en la Guardia Civil, aunque buena, es mejorable. Sin duda somos punteros en el desarrollo y potenciación de especialidades, pero estamos olvidando a la primera de ellas, la Seguridad Ciudadana. Esta ha de seguir siendo reconocida como especialidad, siendo los conocimientos adquiridos en los cursos certificados de formación tanto inicial como continua en el transcurso de la vida profesional del guardia civil, donde también se añade la experiencia, con la cual va adquiriendo más y más competencias que le tienen que ser reconocidas oficialmente.
Esto redundará en un mejor y eficaz servicio al ciudadano al cual la Guardia Civil se debe. Por que debe de ser de una manera oficial e integrada en el sistema (INCUAL), primero porque la guardia civil no puede navegar al margen de la sociedad y segundo por el respaldo legal que esto representa en sus actuaciones tanto administrativas como judiciales en sus quehaceres diarios.

IDEAS PRINCIPALES

No vamos a entrar en el desarrollo de las fichas de cada Especialidad, pese a que se han detectado errores que hemos puesto en conocimiento de los responsables de la norma, algunos de ellos subsanados, otros no, entendemos que la confección de las diferentes fichas es aceptable y se podrá mejorar sobre la marcha cuando esta norma entre en vigor, queremos destacar aspectos más generales:

1.- Mantener Especialidades que actualmente lo son, como Seguridad Ciudadana o los Técnicos en Búsqueda y Localización de Artefactos Explosivos, Incendiarios o de Naturaleza NRBQ (TEBYL-NRBQ)
- Seguridad Ciudadana con dos modalidades: Seguridad Ciudadana Básico y USECIC
- TEBYL – NRBQ, mantenerlo como está actualmente, Especialistas como modalidad del Servicio de Desactivación de Explosivos y Defensa NRBQ
2.- Incluir las Cualificaciones Profesionales en el Catálogo del INCUAL
3.- Desarrollar al tiempo que esta norma el Catálogo de Cualificaciones Profesionales y
tener acceso al Catálogo de Puestos de Trabajo y a la Relación de Puestos Orgánicos.
4.- Información clara y concreta del CES a percibir por cada modalidad o Especialidad.

Seguridad Ciudadana:

La idea, bastante simple, que tiene la Guardia Civil, es que de las Academias se sale con los conocimientos básicos, no con unas Cualificaciones que distingan a los Especialistas. Esto es un tremendo error en el que no se debe caer. Si bien es cierto que todos los Guardias Civiles salimos de la Academia con los mismos conocimientos, cada uno se especializa después según su destino o los diferentes cursos que se realicen.
Seguridad Ciudadana, amén de los distintos módulos de formación continua a los que se someten, adquiere gran parte de sus conocimientos a través de la experiencia. Muy pocos especialistas, exceptuando Policía Judicial, serían capaces de instruir diligencias por un caso de Violencia de Género, por un robo con fuerza en las cosas o por tráfico de drogas. Seguridad Ciudadana lo hace a diario. Estas competencias adquiridas a través de la experiencia el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social lo denomina cualificaciones profesionales y si estas se han desarrollado por el trabajador durante un periodo de tiempo continuo se consideran a efectos profesionales y legales como una CUALIFICACION PROFESIONAL la cual no solo está reconocida en España, también a nivel europeo. Europa trabaja con el mismo sistema de Cualificaciones Profesionales.

Las USECIC, Unidades de Seguridad Ciudadana de Comandancia, están siendo en la actualidad, empleadas como Unidades de reserva, siendo comisionados a diferentes destinos en sustitución del ARS, como Ceuta o Melilla o Cataluña. Estas Unidades, dejarán de ser especialidad con la aplicación de esta Orden Ministerial.

TEBYL- NRBQ:

Los Técnicos Especialistas en Búsqueda y Localización de Artefactos Explosivos, Incendiarios y de naturaleza NRBQ, se crean en los años donde España sufre un activismo con explosivos atroz. Son Especialistas en investigación que conviven junto con la otra especialidad dentro del Servicio de Desactivación de Explosivos y Defensa NRBQ, los TEDAX. La Guardia Civil ideo un despliegue de esta especialidad de la siguiente forma. Comandancias con Especialistas TEDAX y Comandancias con Especialistas TEBYL de esta forma todas las comandancias contarían con especialistas en esta materia que podrían no solo resolver la incidencia sino también asesorar al mando. En España hay 22 provincias que tienen TEBYLs y no TEDAX. Para hacernos una composición de lugar un TEBYL – NRBQ posee formación al mismo nivel que un TEDAX-NRBQ, en cuanto al análisis, valoración de la amenaza, así como procedimientos de búsqueda y localización de artefactos explosivos, incendiarios y de naturaleza NRBQ. Por tanto, está a día de hoy totalmente habilitado a efectos legales para estos cometidos, y solo en el caso de que el TEBYL valore la amenaza como real, adoptará las medidas básicas de seguridad y esperará a los TEDAX que se harán cargo de la incidencia para la neutralización del artefacto. El número de incidencias reales que se producen en nuestro país a día de hoy es ínfimo comparado con el número de incidencias que hay que cubrir lo antes posible para restablecer la seguridad ciudadana y que se catalogan como Falsas Alarmas. Igualmente es necesario en todas las provincias la presencia de Especialistas en estas materias que den una respuesta rápida y eficaz ante cualquier alteración del orden público con el uso o amenaza de uso de este tipo de sustancias. Servicios de vigilancia en Aeropuertos, Puertos o zonas fronterizas.

 

Recientemente se ha aprobado la Ley de Control de precursores explosivos y la Secretaria de Estado de Seguridad ha dictado la correspondiente Instrucción Técnica para que se desarrolle este control. Es necesario mantener unos Especialistas que ya existen, que tienen su formación como Especialistas, sus instalaciones y su material, que no tiene ningún coste añadido al heraldo público. Que dan una respuesta rápida, eficaz y necesaria al ciudadano en el marco de la Seguridad Ciudadana. No solo los terroristas usan este tipo de sustancias, son muchos los que eligen este tipo de amenazas ante el conocimiento que tienen de la dificultad que supone la resolución de las mismas. NO entendemos por que la Guardia Civil quiere deshacerse de ellos, de su experiencia, de
sus conocimientos. Es necesario mantenerlos como especialistas de una forma oficial que respalde su trabajo. Si hay una amenaza que realmente justifique la Seguridad Ciudadana es la amenaza terrorista.

La única excusa que la Dirección General nos ha dado para la eliminación del TEBYL como especialidad, es que no ocupan Puestos Orgánicos de Especialistas, ya que por lo general, este personal compatibiliza su especialidad con Seguridad Ciudadana.
Esto no tiene ningún sentido, ya que podría perfectamente mantenerse la situación actual o incluso crearse estos Puestos Orgánicos (77 en toda España).

Cualificaciones Profesionales Vs Específicas:

Como ya hemos apuntado en la introducción, pretender crear un sistema paralelo al del resto de la Administración es un atraso. Hay que conseguir la integración de la Guardia Civil dentro del Sistema, para ello es esencial que las Cualificaciones Profesionales que obtengan los Guardias Civiles a lo largo de su carrera sean reconocidas e incluidas en el Catálogo del INCUAL. Dejarnos de inventos de Cualificaciones Específicas y adaptarnos.

Información necesaria:

La Ley Orgánica 11/2007 de derechos y deberes de la Guardia Civil, en su artículo 54, desarrollado por el RD 751/2010, de 4 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil, establecen que son facultades del Consejo tener conocimiento y ser oído, entre otras de las cuestiones que afecten a temas profesionales de los Guardias Civiles.

Difícilmente podemos decir que tenemos conocimiento de una norma que hace referencia y basa su redacción en una serie de aspectos que, o bien no se han realizado aún o bien son considerados sumamente secretos por la Dirección General de la Guardia Civil. Hablamos de tres pilares fundamentales para la correcta comprensión de esta Orden Ministerial:

- Catálogo de Cualificaciones Específicas: Sin Hacer
- Catálogo de Puestos de Trabajo: Lo desconocemos
- Relación de Puestos Orgánicos: La desconocemos

Esto es comparable a hacer una pared sin ladrillos ni cemento, no se sostiene.

CES:

A lo largo del desarrollo de la norma, se nos ha prohibido taxativamente sacar a colación el CES. No sabemos si dentro de una misma Especialidad, las diferentes modalidades percibirán el mismo CES o si como prevé la norma alguien de una Especialidad Concreta es obligado a obtener otra perderá el CES de la primera durante el tiempo de servidumbre.

A día de hoy, existen casos especiales que no llegamos a comprender, como el Servicio Cinológico, en el que con un único curso de Guías Caninos, se percibe un CES u otro en función de si el destino y el perro que se adjudica es de explosivos, drogas, personas... con una diferencia de CES enorme.

Amigos:
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